miércoles, 18 de octubre de 2023

¿SE PUEDE CALIFICAR MI COMPORTAMIENTO EN EL TRABAJO COMO ACOSO LABORAL?


 
Y como generar ingresos a través de mis acciones

Comencemos con un breve cuestionario para evaluar si nuestro comportamiento en el entorno laboral es adecuado para considerar recompensas financieras. Este cuestionario debe ser completado no solo por los empleados, sino también por los empleadores y las altas jerarquías, ya que todos desempeñan un papel importante en este proceso.

Ahora, procedamos con las siguientes preguntas:

¿Has realizado masajes a otras personas en el lugar de trabajo?

¿Has realizado toqueteo no consensuados en el entorno laboral?

¿Has intentado hacer comentarios, bromas, gestos o miradas de naturaleza sexual?

¿Has realizado manoseos, jalones o pellizcos de índole sexual?

¿Has restregado a alguien de manera sexual contra otra persona?

¿Te has dedicado a difundir rumores sexuales sobre otra persona?

Si no has tildado ninguna de las anteriores debo decirte que eres todo un ganador y por ende tienes tendrás una serie de beneficios que más adelante te diremos, pero si te identificas autor de una o todas las anteriores, sería conveniente que reflexionaras sobre tu conducta.  

 

¿QUE SE ENTIENDE COMO ACOSO SEXUAL LABORAL?

Según la Organización Internacional del Trabajo define el acoso sexual como “un comportamiento en función del sexo, de carácter desagradable y ofensivo para la persona que lo sufre”. Además, este mismo organismo internacional, de acuerdo con el Convenio Número 190 y la Recomendación Número 206 que lo acompaña, ambos emitidos en junio de 2019, la define como:” una manifestación grave de la discriminación por motivos de sexo y una violación de los derechos humanos, que se aborda en el contexto del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación)”.

Para que se trate de acoso sexual es necesaria la confluencia de ambos aspectos negativos.

El acoso sexual puede presentarse de dos formas:

1) Quid Pro Quo, cuando se condiciona a la víctima con la consecución de un beneficio laboral, aumento de sueldo, promoción o incluso la permanencia en el empleo para que acceda a comportamientos de connotación sexual.

2) ambiente laboral hostil en el que la conducta da lugar a situaciones de intimidación o

humillación de la víctima.

 

 Así también el Acoso Sexual puede abarcar:

El acoso verbal consiste en decir o escribir cosas desagradables.

El acoso social, a menudo denominado como acoso en relaciones, consiste en dañar la reputación o las relaciones de una persona.

El acoso físico involucra dañar el cuerpo o las posesiones de una persona.

 

ESTADÍSTICAS CLAVES

• Una encuesta publicada en Hong Kong en febrero de 2007 mostraba que cerca del 25 por ciento de los trabajadores entrevistados sufría acoso sexual, de los cuales un tercio eran hombres. Entre los varones, sólo el 6,6 por ciento denunció su situación (en comparación al 20 por ciento de las mujeres) por miedo a hacer el ridículo.

• Según un estudio publicado en 2004 en Italia, el 55,4 por ciento de las mujeres entre 14 y 59 años declararon haber sido víctimas de acoso sexual. Una de cada tres trabajadoras sufre intimidaciones para progresar en la profesión, con el 65 por ciento de acusaciones de chantaje semanal por parte del mismo acosador, generalmente un compañero o supervisor. Asimismo, el 55,6 por ciento de las mujeres que sufren intimidación sexual han presentado su dimisión.

• En la Unión Europea, entre el 40 y el 50 por ciento de las mujeres han denunciado alguna forma de acoso sexual en el lugar de trabajo. Oficina Internacional del Trabajo Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo TRABAJAR EN LIBERTAD

• Según una encuesta realizada por la Comisión Australiana de Igualdad de Oportunidades en 2004, el 18 por ciento de los entrevistados de edades comprendidas entre los 18 y los 64 años declararon haber sufrido acoso sexual en el lugar de trabajo. De entre ellos, el 62 por ciento sufrieron acoso físico y menos del 37 por ciento quisieron denunciar los hechos.

• La investigación muestra que el tipo de mujer más vulnerable al acoso sexual es la mujer joven, económicamente dependiente, soltera o divorciada y con status de emigrante. Respecto a los hombres, aquellos que sufren un mayor acoso son los jóvenes, homosexuales y miembros de minorías étnicas o raciales.

• El acoso sexual entre las personas del mismo sexo es reciente, pero con una tendencia ascendente.

 

¿QUE ESTABLECE LA LEGISLACIÓN CHILENA AL RESPECTO?

El día 12 de junio de 2023, Chile depositó el instrumento de ratificación del Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190 ) ante la OIT. Chile es el 28° Estado Miembro de la OIT a ratificar el Convenio núm. 190, y el 11° de América Latina y el Caribe.

El Convenio núm. 190 es el primer tratado internacional que aborda la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Junto a la Recomendación núm. 206, este Convenio proporciona un marco común para la acción, constituye una oportunidad única para forjar un futuro del trabajo basado en la dignidad y el respeto, y pone de manifiesto el derecho de todas las personas a un mundo sin violencia y acoso.

El articulo 19 de la Constitución Política de Chile establece:

Artículo 19º.-La Constitución asegura a todas las personas:
1º.- El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona…”

Es decir que todo daño causado, debe ser reparado integralmente, ejerciendo una acción indemnizatoria que pretenda resarcir a la víctima.

Adicional a este convenio, se une la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos  entre otros

¿CÓMO GENERO INGRESOS POR MIS ACCIONES? ¿COMO OBTENGO MIS BENEFICIOS?

Como se mencionó anteriormente, ser beneficiario de esta medida implica, en resumen, eximirse de una posible demanda por acoso sexual en el ámbito laboral. Esto se menciona debido a que las demandas relacionadas con este tipo de casos suelen involucrar sumas significativas, solo por daños morales, a esto hay que sumarle, indemnización conforme a remuneraciones, indemnizaciones de aviso previo, intereses y reajustes y por último honorarios de abogados y las costas procesales que son los pagos de los abogados de la parte demandante. Véase sentencia:

2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Rit T-914-2019

Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, Rit T-109-2019

RECOMENDACIONES

Las empresas deberían considerar medidas para fomentar un entorno de trabajo libre de problemas. Algunas acciones clave que podrían implementar incluyen:

  1. Revisar y agregar normas en su reglamento interno para prevenir el acoso sexual y otras formas de hostigamiento en todos los departamentos.
  2. Establecer comités dedicados a abordar el acoso sexual en el lugar de trabajo.
  3. Proporcionar capacitación a los empleados para prevenir el acoso sexual.

Así que, sí, considera que estás avanzando y mantén esa buena racha para evitar este tipo de situaciones.

Omar Perez #trabajo

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